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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
326782
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4905

TIMBRE, MULTAS POR INFRACCIONES A LA LEY DEL, ANTE QUIEN PUEDE RECLAMARSE LAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4905

Precedentes

Amparo administrativo directo 8494/39. Lizárraga Efraín. 11 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Martínez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.
Registro digital (IUS): 326782