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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4743
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4743
Las copias certificadas deducidas de diligencias practicadas en vía de jurisdicción voluntaria, no pueden servir para acreditar la posesión, puesto que se trata de una prueba de confesión no rendida conforme a la ley, ya que ha sido hecha fuera de juicio, y las diligencias de jurisdicción voluntaria, presuponen necesariamente la ausencia de cuestión litigiosa, pues en esa jurisdicción no se controvierten derechos y sólo podrán servir en el caso de que las declaraciones de los testigos sean ratificadas en el juicio de amparo; pero la prueba testimonial rendida en el amparo, con todos los requisitos de ley, sí es eficaz para demostrar la posesión.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2761/37. Alarcón Felipa. 10 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Manuel Bartlett Bautista.