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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4749
LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO, INTERPRETACION DE LA, POR EL JEFE DEL DEPARTAMENTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4749
El artículo 319 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, anterior a la vigente, facultaba al jefe del Departamento de dicho Distrito, para interpretar los preceptos de la citada ley. Tal interpretación no constituía una modificación a las normas legales, sino que solamente aclaraba su sentido, ni puede alegarse que la interpretación solamente rige a partir de la fecha en que se hizo, porque esto conduciría al absurdo de admitir que la norma legal contenía disposiciones distintas antes y después de haber sido interpretada y el Jurado de Revisión del Distrito debió ajustar sus fallos a la interpretación que el jefe del Departamento del Distrito Federal, hizo de la tan citada ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1437/42. Ford Motor Company. 10 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.