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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326831
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4912
LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION (ARTICULO 8o.).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4912
El artículo 8o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, consigna que para establecer y explotar dichas vías, será necesario un estudio técnico; pero no se refiere a la explotación de las mismas, por medio del transporte, por lo que, en este caso no puede tener aplicación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1046/42. Cooperativa de Transportes Frontera, S. C. L. 11 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.