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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326840
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4978
IMPUESTOS A EMPRESAS MERCANTILES, DEDUCCIONES SOBRE EL DEMERITO DE LOS MUEBLES, EN LAS CALIFICACIONES DE LOS (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 4978
El demérito de los muebles de una negociación no puede ser determinada en una cantidad fija anual, no obstante los años que llevan de estar prestando servicio ya que sobre el particular no existe disposición legal que establezca la prevención por la cual deba aplicarse un demérito del diez por ciento, cada año, por el valor de los muebles que formen parte del activo de dicha negociación. Además, el mobiliario siempre significa un capital en funciones de lucro, a pesar de que haya sido usado por mucho tiempo, y de aceptarse aquella pretendida deducción por demérito de los muebles, llegaría un momento en que el valor de éstos llegaría a ser negativo, por esas continuas deducciones, por lo que no es de aceptarse la depreciación progresiva en dichos muebles, sino por una vez, en un cincuenta por ciento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3153/40. American Photo Supply Company, S. A. 12 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.