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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5286
PRUEBAS PERICIAL Y DE INSPECCION OCULAR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5286
Tratándose de determinar los límites y colindancias de unas propiedades del quejoso y deducir si las mismas están o no comprendidas en la zona que afectó un decreto de expropiación, no puede decirse que se admita, en el caso, una prueba de inspección ocular, sino pericial, ya que el hecho sobre que versa, no cae bajo el dominio de los sentidos, pues para tal fin se necesitan conocimientos especiales, que solamente poseen los técnicos en la materia.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 180/42. Cuellar Viñas Jorge Serafín. 15 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.