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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5954
PAN, REGLAMENTO DE LA INDUSTRIA DEL. (ARTICULO 10).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5954
El artículo 10 del Reglamento de la Industria del Pan, conculca las garantías que consagra el artículo 4o. de la Constitución Federal, pues de hecho, se impide a determinadas personas dedicarse a una actividad lícita, con cuyo ejercicio no se perjudica a la sociedad. En los términos en que está redactado ese artículo, quedan excluidos de expender el pan, los vendedores de la categoría que el precepto señala, no obstante que a nadie puede impedirse que se dedique a un trabajo lícito que le acomode, sino por resolución judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, cuando se perjudiquen los derechos de la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2444/42. Páez Gabino y coagraviados. 22 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.