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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6531
MULTAS FISCALES, RECURSO QUE DEBE AGOTARSE PREVIAMENTE AL AMPARO CONTRA LAS (LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6531
De acuerdo con los artículos 565 y 526 de la Ley de Hacienda del Estado de Chiapas, los sancionados con multas de origen fiscal tienen un medio de defensa ordinario, con suspensión del acto, en los términos referidos por la fracción XV del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2620/42. Flores Enrique E. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXII, página 6999. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2346/42. Luna Narciso. 29 de junio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.