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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6665
BANCO NACIONAL OBRERO DE FOMENTO INDUSTRIAL, REPRESENTACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 6665
Por medio de la fracción XVI, del artículo 13 del reglamento de la ley de 22 de julio de 1937, que creó el Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial, el gerente tiene un poder amplísimo, que comprende hasta las facultades que, conforme a la ley, requieren cláusula especial, y la fracción XI del artículo 17 del mismo ordenamiento, lo autoriza para representar a dicha institución, con las mismas facultades que el consejo consultivo. Ahora bien, es cierto que la fracción XVII del citado artículo 13, previene que el referido consejo tiene facultades para otorgar poderes generales o especiales, y para sustituirlos, pero también es evidente que esta última fracción no restringe ni invalida las facultades concedidas al gerente, por las otras dos prescripciones legales invocadas, y por consiguiente, si el gerente tiene las mismas facultades que el consejo consultivo, es indudable que está capacitado para sustituir los poderes que, para pleitos y cobranzas, hubiere otorgado el consejo, así como para otorgar otros nuevos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2321/42. Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial. 30 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.