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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 93
EXPORTACION DE GANADO, COMPROBACION DEL PAGO DEL IMPUESTO A LA (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 93
El pago del impuesto se acredita sólo con el comprobante oficial de la oficina respectiva, y si un causante acompaña a su demanda de amparo, un talón del express, en el que consta que remitió un paquete que se dice contiene determinada cantidad, no por eso deberá tenerse en cuenta que esa cantidad fuera para el pago del impuesto que se le cobre por concepto de exportación de ganado si es que en autos no existe la menor constancia que lo justifique.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7531/41. Ramos Ernesto de los Santos. 6 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.