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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 145
CATASTRO, TABLAS DE UNIDADES TIPOS INSUBSISTENTES POR INEXISTENCIA DE LOS AVALUOS DE DONDE DERIVAN (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 145
Las tablas de unidades tipos, son de carácter general y sólo pueden ocasionar perjuicio y por tanto ser reclamables cuando, se aplican de modo concreto. Ahora bien, si se reclama por cuanto a que su fundamento deriva de un avalúo que en la actualidad no subsiste, esto es, si se reclaman a través del perjuicio que causa un avalúo modificado, contra los efectos de las tablas de unidades tipos derivadas, opera igual motivo de improcedencia del amparo, que respecto al mismo avalúo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5991/41. Reyes Miguel. 7 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.