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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 326990
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 344
CERVEZA, SUSPENSION EN CASO DE VENTA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 344
Si se reclama la orden dada por la autoridad municipal, para que se suspenda la venta de cerveza en un negocio establecido en un jardín público, la suspensión debe negarse, porque si bien es verdad que la venta de cerveza se ha considerado que no es perjudicial a la salud y por esta razón autoriza su expendio el Departamento de Salubridad Pública, también lo es que las circunstancias especiales que concurren en el caso, como son: el abuso de tal bebida, que produce la embriaguez, y los efectos desastrosos consiguientes, de escándalo en lugar público, a donde concurren familias y niños, hacen improcedente la suspensión contra el acuerdo que trata de evitar perjuicios a la sociedad, ya que de conceder aquélla, se afecta el interés general que radica esencialmente en que en los centros públicos no haya expendios de bebidas embriagantes, ni se produzcan escándalos que afecten el orden.
Precedentes
Amparo administrativo 7802/41. Revisión del incidente de suspensión. Sheimberg Ziskand. 10 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.