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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327008
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 595
ARRENDAMIENTO DE CASETAS EMBARGADAS, POR AUTORIDADES, HASTA CUBRIR ADEUDOS FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 595
Si una Oficina Federal de Hacienda, embarga una caseta y la da en arrendamiento a una persona por tiempo indefinido, o sea, hasta que la propietaria no cubra el importe de un crédito fiscal a su cargo, y a instancias de otra autoridad, dicha oficina declara que tal contrato quedara sin efecto a partir de determinada fecha; esta declaración, en el sentido de que el contrato terminaría en dicha fecha, no deja en libertad al capitán de puerto responsable, para que ejecute los actos que en el amparo se reclaman en su contra, consistentes en desmantelar y destruir dicha caseta, por que tal declaración proviene de una autoridad que obra solamente como parte que ha contratado con un particular, y en estas condiciones, no da lugar a que pudiera haber ejecución por parte de la otra autoridad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1378/40. Barreiro González Manuel. 15 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.