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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 873
HERENCIAS Y LEGADOS, RECURSOS ORDINARIOS QUE SEÑALA LA LEY DE (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 873
La Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados, de 29 de abril de 1935, vigente en el Estado de Chihuahua, no señala recurso ordinario alguno, contra las resoluciones de la Tesorería General de dicho Estado, y aunque existe un recurso de revisión señalado por los artículos 32 y 33, contra las decisiones de los recaudadores de rentas, en materia de herencias y legados del cual conoce el superior jerárquico, o sea, aquella tesorería, como ya se dijo, contra las resoluciones de ésta, no existe alguno.
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 7313/40. Testamentaría de Stopelli Santiago. 20 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.