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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 957
MILITARES PROCESADOS, REINTEGRACION DE LOS MEDIOS HABERES A LOS, POR SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, POR DESISTIMIENTO DE LA ACCION PENAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 957
La razón que tuvo el legislador para ordenar el reintegro de los medios haberes retenidos a los militares procesados, en los casos de libertad absoluta por falta de méritos, desvanecimiento de datos o sentencia definitiva, es precisamente la inocencia del inculpado; y tan inocente es el militar que queda en libertad por una de esas tres causas, como por la del sobreseimiento del proceso por desistimiento de la acción penal. Por tanto, el desistimiento de la acción penal, y, por consecuencia, el sobreseimiento en el proceso, da lugar al reintegro de los medios haberes retenidos a un militar procesado, ya que el desistimiento en cuestión, surte efectos de sentencia absolutoria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7004/41. Ibarrondo Mejía Luis. 21 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Gabino Fraga. Excusa: Manuel Bartlett Bautista.