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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1725
IMPUESTOS, COBRO DE, CUANDO NO SE TIENE EL CARACTER DE TERCERO EXTRAÑO, EN EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1725
Si para el cobro de un adeudo por concepto de impuestos sobre elaboración de aguardiente, se intenta requerir personalmente al causante, sin poder hacerlo, por encontrarse prófugo de la justicia, y sin que se pudiera entender la diligencia con su apoderado por ignorarse su paradero, y por esto se procede a efectuar la notificación por edictos, y posteriormente se declara embargado el equipo de destilación y fermentación, volviéndose a emplazar nuevamente al afectado, en atención a que la fábrica no alcanzó a cubrir el valor de aquel adeudo, contra tales actos no puede promover el causante juicio de amparo, considerándose tercero al procedimiento, para el efecto de no agotar los recursos ordinarios que concede la ley del acto, porque una cosa es que considere no tener responsabilidad alguna solidaria con el fisco y otra completamente distinta el carácter de tercero extraño a un procedimiento economicocoactivo, de embargo de bienes de su propiedad, por no haber sido llamado a el ni señalado como deudor al mencionado fisco, porque esta circunstancia no se da en el caso, en virtud de que si se le llamó con ese carácter de deudor.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8066/41. Lara Juan M. 30 de enero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. Relator: Octavio Mendoza González.