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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327104
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1883
INFORME JUSTIFICADO, OMISION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 1883
No es verdad que la falta de informe dé lugar a que se derive la presunción de que sean ciertos todos los hechos narrados en la demanda como antecedentes del acto reclamado, ya que en el artículo 149 de la Ley de Amparo, solamente establece que se presumirán ciertos los actos reclamados, cuando las autoridades responsables omitan rendir el informe con justificación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8280/41. Mota Jurado Raúl. 4 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.