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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2025
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2025
No es necesario que una de las partes en el amparo objete la personalidad de la otra para que el Juez que conoce de un procedimiento proceda a examinar la cuestión, ya que la materia relativa a personalidad, es de derecho público y siempre debe ser examinada de oficio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5786/41. Lanche de Corrigan María Teresa. 6 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.