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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2187
DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL JEFE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2187
Si a nombre del jefe del Departamento de Salubridad Pública, rinde informe justificado, el jefe de la oficina jurídico consultiva del propio departamento, en un amparo en que aquél tiene el carácter de autoridad responsable, debe concluirse que si bien la facultad se apoya en el artículo 9o., del reglamento de dicho departamento, que autoriza a los abogados consultores del mismo, para representarlo ante las autoridades del orden judicial, sin embargo, por ser dicho precepto reglamentario opuesto al artículo 19 de la Ley de Amparo, que por su categoría, el citado departamento o las autoridades de su dependencia, no pueden ser representadas en dicha forma.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7872/941. Arellano Daniel. 9 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.