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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327146
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2462
AZUCAR, MULTAS POR OMISION DE LA EXHIBICION DE LOS LIBROS DE UNA NEGOCIACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2462
Si se impone multa porque el inspector del Departamento del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas, no encontró al practicar una visita, los libros correspondientes de una negociación, y no encontró tampoco en la fábrica, un representante del productor, para que hiciera la exhibición de aquellos libros, basado en esto, no sería lógico consignar otra infracción, con fundamento en el inciso 10o. del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Sobre el Azúcar, porque sería tanto como derivar de aquella omisión ya sancionada, una nueva infracción a la ley, lo que sería igual que castigar doblemente un mismo hecho, por más que se aduzca que sus efectos son diversos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6743/41. Fernández y Orozco, quiebra de. 16 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.