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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2468
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, CUANDO DEBEN IMPONER SANCIONES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2468
No basta que la autoridad respectiva estime infringido algún reglamento para que pueda imponer el actor la sanción correspondiente, sino que es necesario que justifique los hechos que constituyen la infracción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4446/41. Alfaro Lindoro. 16 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.