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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2488
IMPUESTO A EMPRESAS MERCANTILES, MULTAS POR FALTA DE PRESENTACION OPORTUNA DE LAS MANIFESTACIONES, PARA LOS EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2488
Si el aviso de incremento de capital se da los tres meses cuatro días de haberse practicado el balance correspondiente, no puede concluirse que existe falta absoluta de dicho aviso, y por tanto, que tenga aplicación la fracción IV del artículo 223 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, en cuanto establece la responsabilidad criminal, sino que la infracción cometida, en tales circunstancias, debe calificarse como simple, de acuerdo con la fracción I del artículo 222 del citado ordenamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2964/41. Importadora Necchi S.A. 16 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.