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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327199
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3120
ALCOHOLES, RECURSO PREVIO AL PROCEDIMIENTO DEL TRIBUNAL FISCAL, CONTRA LAS CALIFICACIONES EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3120
La fracción X del artículo 112 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, establece que la Junta Técnica Calificadora del ramo, tiene facultad para conocer, por una sola vez en un mismo asunto, de la inconformidad presentada por el causante, con objeto de ratificar o rectificar la cuota que le hubiere sido asignada. Ahora bien, el ejercicio de esta actividad constituye, por su naturaleza misma, un recurso o medio legal ante dicha autoridad administrativa, para obtener la rectificación o modificación de las calificaciones de las referidas cuotas, y en tanto no sea resuelto de un modo definitivo, es claro que la calificación respectiva debe tenerse como no firme, y por tanto, como no atacable ante el Tribunal Fiscal, ya que la ley que rige sus funciones, no derogó ese medio de defensa.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6258/40. Méndez Alberto. 26 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.