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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3136
ACTOS ADMINISTRATIVOS, LEGALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3136
Las determinaciones que dicten las autoridades administrativas, deben estar fundadas y motivadas en el ley, debiendo considerarse como constitucionales, cuando de autos quede acreditada la circunstancia de que dichas autoridades administrativas fundaron su proceder.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4780/41. Tlapanco Petra. 26 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.