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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3145
PATENTES DE INVENCION, LOS ESCRITOS DE ACLARACION DE LA NOVEDAD, TAMBIEN DEBEN ANEXARSE A LOS TITULOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3145
Si conforme al artículo 43 de la Ley de Patentes de Invención, se acompañó a un título la descripción del invento relativo, por escrito en el que también se incluye el capítulo de novedad, y esta novedad de la invención es aclarada por el interesado, posteriormente, debe concluirse, que para que quede completo el título de la patente de referencia, debe anexarse al mismo, además de la mencionada descripción, que incluye el capítulo de novedad, la aclaración de ésta, ya que para que se entienda mejor, debe aparecer no sólo tal como fue presentado, sino también como fue aclarado.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 515/41. Terrazas y Nájera Miguel. 26 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González.