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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3581
EMPLAZAMIENTO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE PUBLICACIONES (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 3581
La jurisprudencia de esta Suprema Corte, en el sentido de que la publicación de resoluciones administrativas en el Diario Oficial de la Federación, no surte efectos de notificación, a menos de que trate de acuerdos de interés general, de decretos o de leyes, no tiene aplicación cuando se trate de emplazamientos, por que el fin de la publicación de éstos, es distinto de los casos a que se refiere dicha jurisprudencia, si es que la ley del acto así manda que se haga el emplazamiento, cuando se ignore el domicilio de la persona que se trata de emplazar.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9356/41. Flores Domingo. 4 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.