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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4339
MULTAS, CUANDO DEBEN TENERSE POR CONSENTIDAS LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4339
Si no se reclama la imposición de determinadas multas, sino el procedimiento por el que se trata de hacerlas efectivas, debe concluirse que tal imposición es un acto consentido, razón por la cual el amparo que al efecto se promueva, debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9749/41. Ford Motor Company, S. A. 11 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga.