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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4682
COMERCIO EN LA VIA PUBLICA, DESOCUPACION DEL SITIO QUE OCUPAN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4682
Habiéndose concedido permiso a una persona, para que ocupara determinada zona de estacionamiento, con un puesto rodante de dulces y refrescos, si un delegado de tránsito le ordena desocupe el sitio donde se encuentre establecido dicho comercio y si solicita amparo en contra de esa orden, la protección constitucional debe concederse si no se acredita que efectivamente el puesto en cuestión obstruye la circulación. Además, no puede atribuirse la calidad de ambulante a la circunstancia de que el puesto sea rodante, si es que el certificado que se hubiera presentado como prueba, se refiere a la expedición o revalidación de un permiso para ocupar las zonas de estacionamiento de vehículos de motor, que consumen gasolina.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7471/41. Gómez Arellano Juan. 13 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González.