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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4815
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4815
No porque se haya dado una orden, debe considerarse el acto contenido en la misma, como si se hubiera consumado, porque entonces ninguna suspensión procedería y la jurisprudencia ha entendido que cuando se reclama un acuerdo o resolución, se entiende que se reclaman las consecuencias y efectos de los mismos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 636/42. Mendoza Albarrán Manuel. 14 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.