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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5611
ADEUDOS FISCALES, AMPARO CONTRA LA NEGATIVA DE REVOCACION DE LOS REMATES, CON MOTIVO DE. LEGISLACION DE COAHUILA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5611
No está legalmente fundado ni motivado, el acto que se desprende del siguiente mandamiento: "Con referencia a su... escrito... por el que solicita se revoque el auto de aprobación del remate, en el juicio que siguió en su contra la recaudación de rentas de esta localidad, sobre cobro de la cantidad de... por concepto de impuestos ordinarios en que se embargaron y sacaron a remate... fincas... de su propiedad, manifiesto a usted no ser posible acceder a sus deseos, toda vez que la mencionada oficina recaudadora se concretó a cumplir el fallo que dio el Juez de Distrito con fecha..."; si es que la sentencia no fue dictada por el Juez de Distrito, sino por la Cuarta Sala de esta Suprema Corte, y también se es que un diverso juicio de garantías promovido por la quejosa fue sobreseido, pues en estas condiciones, la sentencia carece de ejecución y los actos de la mencionada oficina recaudadora, no pudieron ejecutarse en cumplimiento de la repetida ejecutoria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 433/42. Castilla de González María del Refugio. 25 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.