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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6034
BIENES NACIONALES, ARRENDAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6034
Si una Oficina Federal de Hacienda, en representación de la Dirección de Bienes Nacionales, se concreta a solicitar de un arrendatario, la desocupación de un local que tiene arrendado apercibiéndolo con que, en caso de no hacerlo, consignará el asunto al agente del Ministerio Público respectivo, para que proceda en la forma que estime pertinente, debe concluirse que la citada oficina no ejercitó actos de autoridad, puesto que no es ella quien procederá al lanzamiento de la arrendataria, y la advertencia la hace como representante de la arrendadora, que es aquella dirección y es claro que el sobreseimiento que se decreta en el amparo que se pida contra dicha oficina, es correcto, atendiendo a que en tales condiciones, no tiene el carácter de autoridad.
Precedentes
Tomo LXXI, página 7026. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9167/41. Olivos Luis. 31 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXI, página 6034. Amparo administrativo en revisión 9154/41. Castro Juana. 27 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.