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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6341
ALCOHOLES, AUMENTO EN EL IMPUESTO SOBRE EXPENDIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6341
Para justificar el cambio de calificación que dé margen al aumento del impuesto sobre expendios de bebidas alcohólicas, es necesario que la autoridad pruebe los hechos que ameriten ese aumento, y si no consta que haya hecho comparación alguna con los negocios similares ni que hubiera acreditado plenamente que la calificación primitiva era menor en un quince por ciento, de lo que pudiera corresponder, resulta que al variar la clasificación y aumentar el impuesto, incurre en el incumplimiento del artículo 1o. del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre Expendios de Bebidas Alcohólicas, en relación con el último párrafo del artículo 5o. de esta ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8996/41. Mackey y Jacques Edgar. 30 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Franco Carreño no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.