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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6472
SUPERPROVECHO, CAUSANTES DEL IMPUESTO DE LA RENTA SOBRE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6472
La causal de improcedencia consistente en que no se afecten los intereses jurídicos de los que reclamen en el amparo, la Ley del Impuesto de la Renta sobre el Superprovecho, no se surte, si de autos aparece que están considerados como causantes de ese impuesto por habérseles aceptado sus manifestaciones, que oportunamente presentaron y habérseles aceptado también el pago que, en forma provisional y bajo protesta, efectuaron, de la misma carga fiscal, ya que las autoridades respectivas, si en vista de los datos que los mencionados causantes proporcionaron, los hubieran considerado ajenos a ese carácter, indudablemente que sí se los habrían manifestado y tales pagos hubieran sido rechazados.
Precedentes
Tomo LXXI, página 7532. Indice Alfabético. Amparo en revisión 898/41. Super Malla, S. A. 31 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXI, página 6472. Amparos administrativos acumulados en revisión 1710/40. González Villarreal, S. de R. L. y coagraviados. 31 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.