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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327522
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 373
MILITARES AUXILIARES, BAJA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 373
Si una persona como militar auxiliar, presta sus servicios con carácter transitorio, no puede alegar que tiene derechos adquiridos a desempeñar el cargo que se le haya conferido, en los mismos términos que los militares cuya carrera es profesional y permanente y los cuales sólo pueden ser destituidos por las causas y por las autoridades a que se refiere el artículo 8o. del Decreto de 16 de enero de 1934; esto es, pueden ser dados de baja por la autoridad competente para ello.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1281/40. Dávila Hernández Luis. 8 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista se excusó de conocer en este asunto. Relator: Gabino Fraga.