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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 405
CARRETERAS, EL IMPUESTO DE COOPERACION NO ES APLICABLE EN LA PAVIMENTACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 405
Al construirse una carretera, es ilegal el cobro del impuesto de cooperación que se haga al dueño del terreno, con fundamento en el Decreto Presidencial de 27 de febrero de 1923, publicado en el Diario Oficial de 8 de marzo del mismo año, ya que este ordenamiento fija cuotas que aportarán los propietarios de predios ubicados en calles que sean dotadas con los servicios de pavimentación, aguas o drenaje, pero no comprende las obras que se realicen en las carreteras; y en todo caso, la Ley que tendría aplicación, sería la de Vías Generales de Comunicación, según lo dispuesto por su artículo 1o., en relación con el tercero, y tan es así, que según el 180, para ejecutar obras en predios colindantes a caminos nacionales que puedan afectar a éstos, se requiere permiso previo de la Secretaría de Comunicaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4693/41. Martínez Carrillo Rafael. 8 de octubre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.