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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 466
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 466
La obligación de acompañar, con las manifestaciones de utilidades, los comprobantes necesarios, no tiene sanción alguna, y está estrechamente ligada con la de las Juntas Calificadoras, a que se contrae el artículo 123 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y no constituye para éstas una facultad discrecional, de la que pueden o no hacer uso, pues solamente después de haber cumplido con ella, es cuando están facultadas para aprobar o desaprobar, modificándolas, esas manifestaciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 547/41. Alpha Motors, S. A. 9 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista, no intervino en este asunto, en virtud de haberle sido aceptada la excusa que propuso, por haber dictado en su carácter de Juez de Distrito la sentencia recurrida. Relator: Franco Carreño.