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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 493
TIERRAS, SUSPENSION DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN LAS, EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 493
No existe disposición legal alguna en el Código Agrario, que establezca que por el solo efecto de solicitarse tierras en dotación ejidal y de posible afectación, queden en suspenso los derechos de los propietarios, en relación con el dominio de las mismas, a excepción de los fraccionamientos, para constituirlas en pequeña propiedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7650/39. González Ugarte Juan y coagraviado. 9 de octubre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.