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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 530
POSESION, CUANDO NO SE TIENE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 530
Vivir en alguna casa sin vínculo alguno jurídico, equivale a no tener la posesión de la misma, con ánimo de dueño, que es la que ampara la ley, como en el caso en que se demuestre que una persona es hijo de otra, lo que explica el por qué el hijo haya vivido o viva en la casa de su padre.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1151/40. Pérez Ortiz José María. 9 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino en este asunto, por las razones que constan en el acta respectiva. Relator: Franco Carreño.