Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/327542
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 559
TELEFONOS, COBRO DE IMPUESTOS A LAS EMPRESAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 559
Es el Gobierno Federal quien disfruta de facultades para establecer toda clase de impuestos sobre los bienes de las empresas destinadas a vías generales de comunicación y no los Gobiernos Locales de los Estados.
Precedentes
Amparo administrativo directo 421/40. Compañía Telefónica y Telegráfica Mexicana. 10 de octubre de 1941. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfonso Francisco Ramírez y Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.