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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1308
ENERGIA ELECTRICA, RECURSO CONTRA LA INDEMNIZACION POR CONSUMO INDEBIDO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1308
Si en el escrito en que se interponga reconsideración ante la Secretaría de la Economía Nacional, contra una multa y una indemnización por consumo indebido de energía eléctrica, el inconforme pide se le tenga reservado su derecho para presentar las pruebas relacionadas con sus razonamientos, las que oportunamente serán enviadas en escritos por separado, sólo con un criterio excesivamente formalista, podría entenderse que dicha solicitud no equivale a pedir que se dé oportunidad al promovente de rendir sus pruebas, pero como ese criterio no es el adoptado por nuestras leyes, y por la claridad suficiente en lo solicitado, dicha secretaría debe conceder un término para la recepción de esas pruebas, de acuerdo con los artículos 102 y 103 del reglamento en cita.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4879/41. Ochoa R. Leopoldo. 22 de octubre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.