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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
327606
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1470

ALIJADORES Y ESTIBADORES, CARACTERES DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 1470

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8548/40. Sindicato Industrial de Trabajadores de Alijo, Estiba, Cargaduría y Similares, en los Puertos y Zonas Marítimas, Fronterizas y Fluviales de la República Mexicana. 24 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista se excusó en este asunto. Relator: Octavio Mendoza González. Quinta Epoca: Tomo LXV, página 2280. Amparo administrativo en revisión 1490/40. Sindicato de Trabajadores de Alije y Similares de la República Mexicana. 17 de agosto 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Fernando López Cárdenas. Tomo LXIV, página 1803. Amparo administrativo en revisión 6270/39. Sindicato de Trabajadores de Alije y Similares de la República Mexicana. 30 de abril de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Truchuelo.
Registro digital (IUS): 327606