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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327669
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2666
HEREDEROS, EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LA PRUEBA DEL ENTRONCAMIENTO DE LOS, PUEDE HACERSE EN FORMA DISTINTA A COMO SE HACE EN EL DERECHO COMUN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2666
Tratándose de un negocio netamente administrativo, la ley admite, en el periodo oficioso del procedimiento, que, para demostrar el entroncamiento de los herederos con el auto de la sucesión, se rindan pruebas diversas a las que exige el derecho común.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7461/39. Solana Villasante Secundino G., sucesión de. 13 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Franco Carreño, no estuvo presente en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.