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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2810
ABOGACIA, CANCELACION DE LA LICENCIA PARA EJERCER LA (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2810
El gobernador del Estado de Chihuahua, goza de una facultad discrecional para cancelar las licencias para ejercer la abogacía, como prácticos, pero dicha facultad no lo releva de la obligación que tiene, conforme al artículo 16 constitucional, de fundar y motivar sus acuerdos y, por consiguiente, de dar a conocer a los interesados las razones en que los funde.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6787/41. Lastra Marcelino. 14 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio Mendoza González.