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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3534
VIA PUBLICA, DESOCUPACION DE CONSTRUCCIONES QUE INVADAN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3534
El cumplimiento del acuerdo de un presidente municipal, en el que se señale un término para que unos vecinos, cuyas construcciones estén invadiendo la vía pública, procedan a la desocupación de los terrenos invadidos, disposición que es de carácter administrativo, relacionada con un alineamiento que se pretende dar a unas calles, se traduce en una sanción a priori, con el pretexto de que se está invadiendo dicha vía pública, con las propias construcciones, si es que tal invasión no se demuestra, y debe concluirse que al tratarse de llevar a efecto la desocupación mediante ese simple acuerdo, la ejecución de tales actos es en sí misma, violatoria de garantías individuales, si con motivo de darle, cumplimiento, se desconocen derechos adquiridos, sin mandamiento fundado ni motivado y sin observarse las formalidades esenciales del procedimiento.
Precedentes
Amparos administrativos acumulados en revisión 6549/38. González José y coagraviados. 27 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.