Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/327729
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3890
EXPROPIACION, FACULTAD DEL PODER JUDICIAL FEDERAL PARA MODIFICAR LAS DECLARACIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3890
El poder Judicial de la Federación no carece de facultades para modificar las declaraciones de expropiación, toda vez que de acuerdo con lo prevenido por el artículo 1o. de la Ley Orgánica del Amparo, en su fracción I, el juicio constitucional tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por leyes o actos de la autoridad, que violen las garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6944/41. Avila Emiliano M. 2 de diciembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett Bautista.