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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4142
FACTURAS PRIVADAS DE COMPRAVENTA, NO HACEN PRUEBA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4142
Una factura de compraventa, aún cuando aparezca otorgada en debida forma, a favor del quejoso en un amparo, si procede de persona extraña al juicio y no se acredita su autenticidad, será un documento desprovisto, por sí mismo, de valor probatorio, pues los documentos privados que se presenten en los juicios de garantías, suscritos por terceros, no hacen prueba.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7337/40. Mancera Rodríguez Eduardo. 4 de diciembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.