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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4341
MULTAS ADMINISTRATIVAS, MODIFICACION DE LOS FUNDAMENTOS DE LAS, EN EL INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4341
Si la autoridad responsable correspondiente, al verificar la diligencia de requerimiento de pago, le hizo saber al quejoso que la multa le fue impuesta por vender leche adulterada, y al rendir su informe con justificación, manifiesta que además la había impuesto porque el agraviado expendía también leche envasada en recipientes distintos y de mayor capacidad a los autorizados, en el amparo no deben tomarse en cuenta esos nuevos hechos como constitutivos de dos de las infracciones que motivaron aquella multa, sino exclusivamente en relativo a la renta de la leche adulterada, en virtud de que el informe justificado debe limitarse al desarrollo y comprobación de los motivos y fundamentos que se expresen en el acto reclamado, ya que las autoridades responsables no pueden modificar ni ampliar los motivos y fundamentos que son del conocimiento del afectado por habérsele dado a conocer la resolución o en el mandamiento del que exprese su inconformidad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7158/41. Garza Homero. 8 de diciembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.