Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/327795
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4667
ESCUELA LIBRE DE MEDICINA DE PUEBLA, VALIDEZ DE LOS TITULOS PROFESIONALES EXPEDIDOS POR LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4667
La declaración hecha en el artículo 3o. del decreto expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, doctor Leonides Andreu Almazán, de quedar sin efecto la disposición del primer jefe del Ejército Constitucionalista, de 20 de diciembre de 1914, que concedió al doctor Juan Oliver, la facultad exclusiva de expedir títulos profesionales de médico, y el reconocimiento hecho de la escuela llamada Facultad Homeopática de Puebla, o Escuela Libre de Homeopatía, no tiene aplicación, si se atiende a que no se ha llegado a probar la existencia de tal decreto, ya que lo único que ha aparecido de todas las indagaciones hechas por los interesados, es que un jefe de Estado Mayor comunicó que dicho primer jefe lo había expedido, pero ni su origen, ni su publicación, se ha comprobado, ni hay documento o prueba alguna que oficialmente viniera a comprobar su existencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3640/36. Ortiz Torres Francisco. 10 de junio de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza y José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Jesús Garza Cabello.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLIII, página 2507, tesis de rubro "ESCUELA LIBRE DE MEDICINA DE PUEBLA, INEXISTENCIA DE LA.".