Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/327797
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327797
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4680
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CALIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4680
Si de acuerdo con lo que dispone el artículo 124, fracción IV del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Junta revisora respectiva, en vista de una inconformidad presentada, pide al interesado los datos necesarios para comprobar las calificaciones sobre utilidades de una finca, y dicho interesado contesta no tener esos datos, por haber vendido la finca, tal contestación es ilegal, si es que no vendió sino solamente algunas de las partes en que la había dividido, ya que está en condiciones de poder suministrar los datos que se le pide.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7252/36. Martínez Uribe Leopoldo. 11 de marzo de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Disidente: José M. Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Alonso Aznar Mendoza.