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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 327809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4720
EJECUTIVO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4720
Cuando el ejecutivo obra en la esfera administrativa, entonces tiene el carácter de autoridad, de poder público, y, en una controversia judicial, no concurriría como particular y con la representación de la Federación por tales actos; sino que de presentarse en dicho juicio, lo haría para defender la legitimidad de sus actos de autoridad, y en su propia representación, como uno de los tres poderes soberanos de la nación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 818/39. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 22 de marzo de 1940. Mayoría de tres votos. Disidente: José María Truchuelo. Engrose: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo X, página 252, tesis de rubro "EJECUTIVO FEDERAL.".